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martes, 1 de diciembre de 2020

Poder Ejecutivo extiende toque de queda por 20 días

 

El Poder Ejecutivo mantiene el horario del toque de queda vigente.
El presidente Luis Abinader extendió ayer por otros 20 días el toque de queda vigente desde el pasado 12 de noviembre en todo el territorio nacional.

Por medio del decreto 683-20 el mandatario dispuso que la medida se aplicará desde mañana y hasta el 22 del mes que recién inicia, manteniendo los horarios de lunes a viernes, desde las 9:00 de la noche hasta las 5:00 de la madrugada, en tanto que los sábados y domingos de 7:00 de la noche a 5:00 de la madrugada.

El Poder Ejecutivo mantiene vigentes las excepciones al toque de queda mediante las cuales se permitirá que durante ese horario circulen las personas dedicadas a los servicios de salud, tales como médicos, enfermeros, bioanalistas, personal paramédico y farmacéutico.

 Asimismo, podrán circular personas con alguna emergencia médica que necesiten dirigirse a algún centro de salud o farmacia,  personas dedicadas a labores de seguridad privada debidamente identificadas, miembros de la prensa y medios de comunicación debidamente acreditados.

También se permitirá circular a operadores de vehículos y técnicos de empresas e instituciones prestadoras de servicios de energía, agua, telecomunicaciones y recogida de desechos sólidos debidamente identificados, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.

Igualmente, se permite la circulación de operadores de vehículos dedicados a la distribución urbana e interurbana de mercancías, insumos y combustible debidamente identificados, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales. De la misma forma, personas que laboren en la industria y el comercio de alimentos y productos médicos y farmacéuticos y estén en tránsito hacia o desde sus lugares de trabajo, siempre que porten identificación de una empresa autorizada.

Otras excepciones 

De igual modo, podrán circular pasajeros internacionales y operadores de vehículos particulares o comerciales que estén trasladando a estos, así como empleados del sector de transporte marítimo y aéreo debidamente identificados, en tránsito hacia o desde puertos y aeropuertos.

También se permite circular a empleados de empresas que brinden servicios funerarios, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones, empleados o contratistas de los sectores de hostelería, minería y zonas francas, y empleados o contratistas de restaurantes que brinden servicios a domicilio de alimentos cocidos, los cuales podrán circular hasta las 11:00 de la noche.

Ratifica el uso obligatorio de mascarillas en público

El presidente Luis Abinader ratificó anoche el uso obligatorio de mascarillas en los lugares públicos y en los lugares privados de uso público como medida esencial para controlar la propagación de la COVID-19, cuyo incumplimiento será sancionado con las disposiciones que establece la Ley General de Salud del 8 de marzo de 2001. Debido a la evolución epidemiológica del coronavirus, el Poder Ejecutivo declaró el territorio nacional en estado de emergencia el 20 de julio del año en curso y lo prorrogó por última vez por 45 días a partir de mañana mediante el decreto 683-20.

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