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jueves, 19 de agosto de 2021

Seguridad social, trabajo y propiedad topan techo de reclamos en el país

Los ciudadanos actúan ante negativa de las entidades públicas y privadas a acceder a demandas.

Estos tres derechos, situados al tope de los registros como los más reclamados por los ciudadanos, demuestran claramente que son los más vulnerados a los dominicanos.



Por: Wanda Méndez

SANTO DOMINGO.-El trabajo, la propiedad, y la seguridad social figuran entre los derechos funda­mentales cuya protección está siendo más reclama­dos mediante acciones de amparo, según se eviden­cia en los fallos del Tri­bunal Constitucional y el Tribunal Superior Admi­nistrativo.

Esto demuestra que tam­bién constituyen los más vulnerados, pues los ciuda­danos suelen accionar ante la negativa de las entidades públicas y privadas a acce­der a los reclamos.

La violación al derecho trabajo ha sido invocado frecuentemente por exa­gentes de la Policía y las Fuerzas Armadas que han exigido su reintegración.

El de propiedad por lo general por la falta de pago de expropiaciones de terre­nos, y el de la seguridad so­cial por la negativa al pago de pensiones por supervi­vencia y por discapacidad.

Sin garantías de derecho
En ocasiones, los fallos no han sido suficientes para que a los ciudadanos se les garanticen sus derechos, pues algunos no son acata­dos o son ejecutados fuera del plazo otorgado, moti­vando incluso quejas en los medios de comunicación.


Pensiones de supervivencia y discapacidad
El reclamo de la señora Ana Francisca Espinosa Te­jar fue recurrente. Duró un tiempo esperando que el Ministerio de las Fuerzas Armadas le restableciera la pensión por supervivencia que le correspondía como viuda de un militar.

No solo envió una carta al entonces mandatario Da­nilo Medina para reclamar su pensión, sino que acudió a Listín Diario a presentar la queja, ya que no había sido ejecutada la sentencia TC-007/17, que dispuso el pa­go en el 2017.

El señor José Augusto Grullón Paulino también accionó en amparo pa­ra demandar a una ad­ministradora de fondos de pensiones que le otorgue una pensión por discapa­cidad, luego de haber sido excluido de la nómina de pensionados por no cum­plir con el requisito de 60 años de edad. Logró que el TC ordenara el pago, me­diante la sentencia TC-0916/18.

 ACCIONES
Sin previo pago
Las expropiaciones sin previo pago también han dado lugar a accio­nes judiciales, por viola­ción al derecho de pro­piedad dispuesto en la Carta Magna, como lo evidencian los siguien­tes cuatro casos que lle­garon al TSA, primero, y luego al TC. Esto mo­tivó a una sociedad co­mercial a incoar una ac­ción de amparo, que fue acogida.




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