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Ferrer declaró que durante el juicio se pudo comprobar que el propietario del restaurante Ijole Café tenía una conexión clandestina mediante la cual robaba energía a la empresa Edesur Dominicana.
El imputado fue hallado culpable de violar los artículos 379 y 401 del Código Penal Dominicano y el artículo 125 en los literales A, B y E de la Ley General de Electricidad 125-01.Antes las pruebas del Ministerio Público, Espinal Liriano además fue condenado a pagar cinco salarios mínimos, a cinco días de cárcel correccional bajo la condición de que realice una labor comunitaria y a cubrir las costas del proceso.
El procurador adjunto señaló que condena contra Espinal Liriano envía un mensaje contundente de que el Ministerio Público no cederá un paso en la lucha contra el robo de energía.De inmediato advirtió a quienes se roban la energía eléctrica que descontinúen cuanto antes esa práctica o pronto correrán la misma suerte del condenado.
Tomado de: http://www.elnacional.com.do
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