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jueves, 2 de junio de 2016

TSE ordena a Junta de SDO reconteo en 223 mesas votación

El Tribunal Superior Electoral anuló en todas sus partes resolución de la JESDO.

El Tribunal Superior Electoral (TSE) ordenó a la Junta Electoral de Santo Domingo Oeste (JESDO) abrir las valijas correspondientes a 223 mesas donde las votaciones del nivel municipal y congresual fueron anuladas en esa demarcación y recontar las boletas para levantar las respectivas actas.En la sentencia 379-2016, emitida ayer, el TSE considera “que la nulidad ordenada por la Junta Electoral de Santo Domingo Oeste es de tal magnitud que podría incidir de forma significativa en el resultado de las elecciones, sobre todo en los niveles B, C y C-1, es decir, municipal, congresual y del voto preferencial para los diputados, situación que no puede ser desconocida por este Tribunal, pues atenta contra la certeza del acto electoral”.

En tal sentido, el TSE acogió el recurso de apelación incoado por María Luisa Guzmán Calderón, candidata a diputada por el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) y aliados, en la Circunscripción 4 de la provincia Santo Domingo, en contra de la resolución número 010/2016, dictada por la Junta Electoral de Santo Domingo Oeste el 25 de mayo, mediante la cual ordenó, de oficio, la nulidad de las elecciones en casi la mitad de los colegios de esa demarcación, unos 237, siendo en total 491 colegios. 

El dictamen establece, además, anular en todas sus partes la resolución apelada, por haber sido dictada “con base en una norma jurídica derogada”, por lo que ordena a la JESDO dar cumplimiento a las disposiciones de los artículos 139 y 145 de la Ley Electoral y, en consecuencia, convocar a los presidentes y secretarios de los colegios anulados, para que en su presencia, así como de los delegados de los partidos acreditados en dicha Junta Electoral, “proceda a la apertura de las valijas de los Colegios Electorales indicados y realice allí el examen manual de las boletas para levantar las actas de escrutinio correspondientes”. 

El JESDO decidió anular las votaciones en 14 mesas del nivel A o presidencial, 16 del nivel municipal o B, 38 del nivel C o congresual y 169 del nivel C1 del voto preferencial, argumentando que las actas correspondientes al conteo manual no fueron llenadas y que las del escrutinio automatizado aparecían en el sistema de cómputo de esa Junta “como no recibidas”, “evidenciando que no se hizo el conteo en el colegio electoral”. 

“La anulación de las elecciones en los referidos colegios electorales pudo ser subsanada por la Junta Electoral de Santo Domingo Oeste, aplicando ante esta situación, las disposiciones del artículo 145 de la Ley Electoral”, considera el TSE.

Cree que no es necesario revisión voto presidencial
En el fallo, el TSE dice que si bien es cierto que la JESDO anuló 14 colegios electorales del nivel presidencial, “no es menos cierto que los resultados de dichos colegios no influyen en la relación de votación final de dicho nivel, por lo que respecto de los mismos, resulta innecesario que este Tribunal ordene su verificación, valiendo el presente motivo decisión, sin necesidad de hacerlo constar en la parte dispositiva de la presente decisión”. 

Por: D. Martínez y R. Mateo

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