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lunes, 17 de enero de 2022

Hoy conocerán coerción contra Alexis Villalona en tribunal de Baní

 

Alexis Villalona fue arrestado el pasado viernes.



Por: José Dicén

BANÍ, PERAVIA.-La medida de coerción con­tra Alexis Villalona, aho­ra bien conocido como “El abusador de Baní”, acusa­do de agredir a una mujer durante un incidente por asuntos de tránsito ocurrido el pasado 31 de diciembre, será conocida hoy, lunes, a las 9:00 de la mañana.

El sábado, el Ministerio Pú­blico presentó ante la se­cretaría del Tribunal de Atención Permanente del Distrito Judicial de Peravia la solicitud de medida de coerción contra Villalona, para quien pide un año de prisión preventiva por los golpes propinados a la jo­ven mujer Santa Arias.

En la solicitud, entregada por el fiscal Ángel Darío Te­jada Fabal, el ente judicial hace constar los delitos de que se le acusa a Villalona, incluyendo golpes y heridas voluntarios y violencia con­tra la mujer.

Otro de los delitos plantea­dos en la solicitud es el de la exhibición de armas de fue­go en las vías públicas y la intimidación.

El fiscal aclaró que, aunque Villalona portaba su arma de manera legal, y con su permiso correspondiente, la Ley 631-16, sobre porte y tenencia de armas, es clara y condena la exhibición en las vías públicas.

“Independientemente de que el arma de fuego sea legal, la Ley 631-16 casti­ga la exhibición de armas de fuego en las vías públi­cas, que fue lo que acon­teció, como se aprecia en el video, que él en la ma­no derecha tenía el arma de fuego y luego se la colo­ca en el bolsillo, y ese solo hecho es sancionado, ade­más, que configura uno de los elementos de la violen­cia hacia la mujer, que es el tema de la intimidación, aparte de los reiterados golpes que recibió de par­te del agresor”, dijo a Lis­tín Diario el fiscal Tejada Fabal, a su salida del tribu­nal, tras depositar la medi­da, en la que piden un año de prisión preventiva con­tra el acusado.

Al ser preguntado sobre porqué se pide el máximo del tiempo en prisión pre­ventiva, indicó que eso es­tá establecido en el Código Penal y que es facultad del juez si lo otorga o no.

“El juez puede imponer tres meses como puede impo­ner un año de prisión pre­ventiva”, dijo.

Explicó que por el momen­to en la solicitud de medida de coerción plantearon una calificación jurídica del de­lito provisional, hasta tan­to se realicen estudios más profundos para determinar la magnitud de los golpes que recibió Arias y el daño que éstos pudieron haberle causado.

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